El divorcio es una institución legal en nuestro país desde hace varias décadas. En la actualidad, con la sanción del nuevo Código Civil y Comercial el juicio de divorcio es más ágil, al punto que ha merecido en la prensa el apodo de "divorcio express".


¿Qué debo hacer para iniciar mi divorcio?

Habiendo entrado en vigencia la reforma del Código Civil y Comercial el trámite de divorcio se transformó en algo sencillo.

El divorcio express. En la Ciudad de Buenos Aires, al igual que en el resto de la República Argentina,  alcanza con la voluntad de divorciarse.

El tramite puede ser iniciado unilateralmente o por de decisión conjunta. Basta con ofrecer prueba de la existencia del vínculo, patrocinio de un abogado y la presentación de una propuesta reguladora de divorcio. 


¿Qué derechos tengo si me quiero separar de mi pareja, pero no estoy casado / casada?

Si nunca te casaste, pero estuviste conviviendo con tu pareja durante más de dos años, o estabas suscrito al anterior régimen de concubinato, podés acceder al régimen de unión convivencial.  Es importante resaltar que la ruptura de la convivencia prolongada no se trata de un caso divorcio, si bien se puede requerir compensaciones económicas al ex conviviente. También se puede solicitar alimentos en caso de que tengan hijos en común, amén de la división de bienes conforme la ley argentina.


La custodia / tenencia de los hijos (Cuidado de los hijos)

Es importante desmitificar que la ley indique que los hijos deben convivir con la madre luego del proceso de divorcio. La convivencia de los hijos (ahora llamada cuidado personal, antes conocida como tenencia de los hijos) puede estar en cabeza de cualquiera de los padres o progenitores del menor, por el principio constitucional de igualdad ante la ley. Los padres pueden acordar de manera judicial o extrajudicial el cuidado de los hijos luego del divorcio. Es conveniente que ambas partes cuenten con el asesoramiento de un abogado.


Separación de bienes

La separación de los bienes gananciales (los bienes que son propiedad a ambos cónyuges) puede proceder aún sin necesidad de recurrir a un divorcio. También puede ocurrir en casos de cambio de régimen de propiedad en el matrimonio, u otro supuesto legal. Se entiende en principio que los bienes gananciales son por mitades iguales entre los cónyuges, aceptando prueba en contrario. 


Régimen patrimonial

La Ley Argentina hoy comprende dos tipos de de regímenes patrimoniales. El clásico o régimen ganancial, que comprende (en principio) que todos los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenece a ambos cónyuges por partes iguales, aceptando excepciones.
También existe el régimen de separación de bienes, que considera que los bienes son del cónyuge que los adquiere


Asesoramiento integral jurídico

Brindamos asesoramiento integral jurídico. Nuestros abogados de familia son especialistas  en divorcios, alimentos, cuidado y comunicación con los hijos. Sabemos lo que nuestros clientes más valoran y actuamos en consecuencia.


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