Abogados en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires
¿Necesita asesoramiento sobre una sucesión? No dude en enviarnos sus inquietudes y consultas. Las mismas recibirán inmediata respuesta por parte de un abogado experto en sucesiones, con sede en la Ciudad de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires.
La sucesión es el medio idóneo para transferir los bienes de un fallecido, conforme el derecho argentino, aplicable en la Ciudad de Buenos Aires. Cuando un heredero o legatario considera tener derechos sobre un bien debe recurrir a un abogado e inciar un juicio de sucesión. Este proceso puede ser con testamento (testamentario) o por ley (ab intestato).
¿Quienes son los herederos del causante? ¿Como se si soy heredero de algún familiar?
La ley argentina protege los derechos hereditarios de ciertos familiares. Estos son llamados a heredar en carácter de herederos legítimos. Hay dos clases de herederos legítimos:
- Herederos legítimos legitimarios (Herederos forzosos): Son los herederos llamados por ley que suceden al causante y que no pueden ser desplazados por testamento o desheredación. Estos son el cónyuge (Marido o esposa), los descendientes (hijos o nietos) y los ascendientes (padres del difunto). La existencia de descendientes excluye los derechos hereditarios de los ascendientes en la sucesión.
- Herederos legítimos no legitimarios (Herederos no forzosos): Son los herederos llamados por ley que pueden ser excluidos por testamento. Estos familiares son los hermanos, los tíos, los primos y los sobrinos del causante.
¿Que es un testamento?
El testamento es la última voluntad escrita del causante. En tal sentido será testamento válido el más cercano al día de la muerte del causante de la sucesión. Hay dos tipos de testamentos:
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- Testamento ológrafo: Es aquel que es confeccionado y firmado de puño y letra del causante. Puede recibir asesoría jurídica para su redacción por parte de un abogado.
- Testamento en instrumento público: Es el testamento certificado por un escribano.
Mediante testamento se puede a su vez nombrar nuevos herederos, legatarios, o reconocer hijos. No se puede excluir a los herederos forzosos de su porción legítima de la herencia, ni desheredar
¿Se puede desheredar a un hijo en la Argentina?
La respuesta es no. Luego de la última reforma del Código Civil y Comercial de la Nación, vigente en toda la República Argentina y la Ciudad autónoma de Buenos Aires, ya no existe la desheredación en nuestra ley.
Sin perjuicio de lo mencionado, se puede impugnar a un heredero o legatario por indignidad o ingratitud respecto al difunto, lo que resulta en una exclusión de los derechos sobre la sucesión
Servicios del Estudio Azar Abogados
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- Sucesiones
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Todos nuestros servicios están disponibles tanto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Capital Federal) como en la Provincia de Buenos Aires.
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